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Requisitos Agente de Medioambiente del Estado

Requisitos oposiciones Agente de Medioambiente del Estado 2024

¿Conoces los requisitos de acceso a esta oposición? 

¡A continuación te los contamos!

 

A este proceso de selección se puede acceder bien por turno libre, o bien por promoción interna. Según la forma de acceso, te interesan unos requisitos u otros. 

  • REQUISITOS COMUNES PARA ACCESO POR TURNO LIBRE Y ACCESO POR PROMOCIÓN INTERNA.

    • Edad: + 16 años hasta la edad de jubilación forzosa.

    • Nacionalidad española o ser miembro de estados comunitarios.

    • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

    • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas (NO EXISTEN EXCLUSIONES MÉDICAS).

    • TITULACIÓN: Bachiller, técnico o equivalente.

    • PERMISO DE CONDUCCIÓN clase B y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.

  • REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA ACCESO POR PROMOCIÓN INTERNA. Además de los anteriores, deberán cumplir:

    • Pertenencia como:

      • Funcionario de carrera a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C2.

      • Personal laboral fijo; estar desempeñando de manera efectiva o tener reconocida una reserva de puesto de trabajo,  en una de las plazas correspondientes al grupo G3 y especialidad de Vigilancia de Dominio Público del anexo II del IV Convenio Único, o encontrarse en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, como personal laboral fijo, cuando el último destino en servicio activo tuviese asignadas las funciones propias del grupo G3 y especialidad de Vigilancia de Dominio Público del anexo II del IV Convenio Único, salvo concurrencia de la causa de exclusión recogida en la base 3.5.

    • ANTIGÜEDAD:

      • 2 Años de antigüedad para funcionarios de carrera del subgrupo C2.

      • 10 años de antigüedad para funcionarios de carrera del subgrupo C2, SIN TITULACIÓN.

      • 5 años de antigüedad para funcionarios de carrera del subgrupo C2, SIN TITULACIÓN y con el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo SUPERADO

 

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