La obligación de resolver las solicitudes por parte de la Administración
En primer lugar, el origen de la figura del silencio administrativo se encuentra en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015. Este precepto establece la obligación de la Administración de resolver expresamente las solicitudes formuladas por los interesados, sin exceder el plazo máximo fijado por la normativa reguladora del procedimiento correspondiente.
¿Qué ocurre si la Administración no resuelve las solicitudes de los interesados en el plazo establecido?
El silencio administrativo se regula en el artículo 24.1 de la Ley 39/2015. Esta figura jurídica establece que, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado que no hayan sido resueltos y notificados en plazo, el interesado podrá entender estimada su solicitud por silencio administrativo.
No obstante, existen excepciones a esta regla general. Así, una norma con rango de ley, una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma de Derecho internacional aplicable en España pueden establecer efectos distintos. Asimismo, cuando el procedimiento tenga por objeto el acceso a una actividad o su ejercicio, la ley que atribuya carácter desestimatorio al silencio deberá fundamentarse en la concurrencia de razones imperiosas de interés general.
¿Desaparece la obligación de resolver si la Administración no dicta resolución en plazo?
No. Conforme al artículo 21 de la Ley 39/2015, la Administración mantiene su obligación de dictar resolución expresa incluso cuando haya transcurrido el plazo máximo para resolver. Por tanto, el vencimiento del plazo no exime a la Administración de pronunciarse sobre la solicitud presentada.
¿Puede el silencio administrativo ser estimatorio o desestimatorio?
Sí. El silencio administrativo puede producir efectos tanto estimatorios como desestimatorios.
El silencio administrativo estimatorio o positivo se encuentra regulado en el artículo 24.1 de la Ley 39/2015 y constituye la regla general en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, salvo que concurra alguna de las excepciones legalmente previstas.
Supuestos de silencio administrativo desestimatorio
Tendrán efectos desestimatorios las solicitudes relativas a:
- El ejercicio del derecho de petición previsto en el artículo 29 de la Constitución Española.
- Aquellos procedimientos cuya estimación tenga como consecuencia la transferencia al solicitante o a terceros de facultades relativas al dominio público o al servicio público.
- Las solicitudes relativas a actividades que puedan causar daños al medio ambiente.
- Los procedimientos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
- Los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones administrativas.
- Los procedimientos de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados.
Procedimientos iniciados de oficio
De conformidad con el artículo 25 de la Ley 39/2015, en los procedimientos iniciados de oficio:
- Cuando de ellos pudiera derivarse el reconocimiento o la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables, el vencimiento del plazo máximo para resolver producirá efectos desestimatorios.
- En los procedimientos en los que la Administración ejerza potestades sancionadoras o, en general, potestades de intervención susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad del procedimiento.
Preguntas frecuentes de los opositores
¿Qué finalidad tiene el silencio administrativo?
Su finalidad es proteger a los ciudadanos frente a la inactividad administrativa, evitando que la falta de respuesta de la Administración impida indefinidamente el ejercicio de sus derechos o intereses legítimos.
¿Cuál es la regla general en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado?
La regla general es que el silencio administrativo tenga efectos estimatorios, salvo que una norma con rango de ley establezca expresamente lo contrario.
¿Qué diferencia existe entre silencio administrativo y caducidad?
El silencio administrativo se refiere a la falta de resolución en plazo. La caducidad, por su parte, supone la terminación de determinados procedimientos por el transcurso del tiempo sin que la Administración haya actuado dentro del plazo legalmente establecido.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolver una solicitud?
Dependerá de la normativa específica aplicable al procedimiento. En ausencia de previsión expresa, el plazo máximo general suele ser de tres meses.
¿El silencio administrativo crea un verdadero acto administrativo?
Sí. Cuando el silencio tiene efectos estimatorios, la ley le atribuye la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento a todos los efectos.
¿Desde cuándo produce efectos el silencio administrativo?
Desde el día siguiente al vencimiento del plazo máximo legalmente previsto para resolver y notificar la resolución.
¿Cómo puedo acreditar que se ha producido el silencio administrativo?
El interesado puede solicitar un certificado acreditativo del silencio producido. La Administración deberá expedirlo en los términos previstos legalmente.
¿Puede una ley establecer nuevos supuestos de silencio negativo?
Sí. No obstante, cuando se trate del acceso a actividades económicas o de su ejercicio, la ley deberá justificar la existencia de razones imperiosas de interés general.