De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Coordinación de policias locales de Madrid, para tomar parte en las pruebas selectivas de ingreso a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Los aspirantes deben reunir los requisitos establecidos en el apartado anterior el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria, mantenerlos durante todo el proceso selectivo y acreditarlos con anterioridad a su nombramiento como funcionarios en prácticas, salvo el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que podrá acreditarse por los aspirantes antes de la finalización del curso selectivo de formación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Coordinación de policias locales de Madrid, para tomar parte en las pruebas selectivas de ingreso a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Los aspirantes deben reunir los requisitos establecidos en el apartado anterior el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria, mantenerlos durante todo el proceso selectivo y acreditarlos con anterioridad a su nombramiento como funcionarios en prácticas, salvo el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que podrá acreditarse por los aspirantes antes de la finalización del curso selectivo de formación.